El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) dio a conocer que Dani Alves debe pagarle a los Pumas 2.25 millones de dólares por la rescisión de contrato que tuvo en 2023 debido a que fue arrestado tras ser acusado por violación a una mujer en un bar de Barcelona; sin embargo, la cifra es inferior a los cinco millones que solicitaba el Club Universidad.
“Condenar en su lugar al señor Daniel Alves da Silva al pago al Club Universidad Nacional, A. C. de la suma de USD 2,250,000 (dos millones 250 cincuenta mil dólares) más un interés del cinco por ciento anual”, informó el TAS a través de un comunicado.
Cabe recordar que la escuadra de la Liga MX ganó la apelación a una sentencia previa emitida por FIFA que resultó favorable para Alves para no regresar un segundo pago de 1.12 millones de dólares por derechos de imagen; sin embargo, los Pumas ganaron ante el TAS, el fallo es inapelable, aunque pedían dicho reembolso más cinco millones libres de retención y gravamen.
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“La cláusula decimoquinta simplemente no pasa el ‘test’ fundamental de proporcionalidad entre la pena y el daño potencialmente causado, o del monto convenido… El valor total del contrato de trabajo era de USD 300,000, (300 mil dólares) en tanto que la indemnización por rescisión era de USD 5,000,000 (cinco millones de dólares): casi 17 veces más que el valor del contrato”, señaló el TAS.
“Y esta desproporción aumenta a 33 veces si se analiza el momento en el que se produjo el incumplimiento contractual declarado por la CRD FIFA, que es el momento correcto de valoración conforme a la jurisprudencia del TFS”, añadió el organismo, mismo que reveló la cantidad pactada por Pumas y Alves en su contrato como jugador y por derechos de imagen.
“El valor total de ambos contratos es de USD 2,550,000, (dos millones 550 mil dólares) a lo cual debe restarse lo no pagado al jugador (USD 150,000 -150 mil dólares-), lo que da un monto total de USD 2,400,000 (dos millones 400 mil dólares). La pena, sin embargo, fue fijada en USD 5,000,000 (cinco millones de dólares), casi el doble del valor total de ambos contratos y más del doble de lo abonado efectivamente; de nuevo, una desproporción evidente”, sentenció el TAS.