ELECCIÓN 2024

Batean en el INE la propuesta del PAN de incluir la foto de los candidatos presidenciales en la boleta
Jueves 7 de Noviembre de 2024

Batean en el INE la propuesta del PAN de incluir la foto de los candidatos presidenciales en la boleta

Foto: Cuartoscuro
Escrito en ELECCIÓN 2024 el

Por Jorge Monroy

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) rechazó una propuesta del PAN para que se incluyeran las fotografías de los candidatos presidenciales Xóchitl Gálvez, Claudia Sheinbaum y Jorge Álvarez Máynez en la boleta electoral presidencial, instrumento electoral que este jueves se terminó de imprimir en Talleres Gráficos de México.

El Consejo General del INE aprobó por unanimidad este jueves un proyecto donde se da respuesta, en sentido negativo, a la propuesta del PAN para incluir las fotografías.

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Se argumentó que el artículo 434 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales establece que “en la boleta no se incluirá ni la fotografía, ni la silueta del candidato”.

En tanto, el artículo 266 establece que la boleta sólo incluirá datos como entidad, distrito, número de la circunscripción plurinominal, municipio o delegación; cargo para el que se postula al candidato o candidatos, y el emblema a color de cada uno de los partidos políticos nacionales que participan con candidatos propios, o en coalición, en la elección de que se trate, entre otros.

También se argumentó que el artículo 159, numeral 1, del Reglamento de Elecciones del INE, mencionó que en los procesos electorales federales ordinarios, el Consejo General deberá aprobar el diseño e impresión de la documentación electoral, así como los modelos y producción de los materiales electorales, a más tardar 90 días después de que comience el proceso electoral.

Además, se mencionó que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha sostenido que la prohibición de incluir fotografías satisface en un grado medio-alto la equidad en la contienda, pues con la uniformidad que se alcanza con esa prohibición reduce al mínimo que los electores realicen su sufragio influidos con elementos visuales añadidos.

El argumento del TEPJF especifica que si bien, los emblemas también son elementos visuales, al ser sólo colores, dibujos o letras, son más neutros que las fotografías o imágenes de las candidaturas.

“La Sala Superior afirma que no se ve afectado el núcleo esencial del derecho al voto. La prohibición de incluir la fotografía no le impide al actor de ninguna manera ser votado, en todo caso, la afectación que le causa se traduce en que al momento de votar se le identifique por su nombre escrito y no por su imagen”, resaltó el documento aprobado.

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Cabe destacar que la mañana de este jueves, el consejero Martín Faz Mora, presidente de la Comisión de Capacitación y Organización Electoral del INE, informó que hoy concluyó la impresión de 105.7 millones de boletas electorales para la elección presidencial, por lo que descartó retrasos en esos trabajos por parte de Talleres Gráficos de México.