Por Jorge Monroy
La Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó el registro de la candidatura de Santiago Nieto Castillo, el extitular de la Unidad de Inteligencia Financiera que aspira a llegar al Senado con Morena.
“La candidatura impugnada no cumple con los requisitos de elegibilidad, consistente en contar con una residencia efectiva mayor a seis meses previos mayor a la elección”, señala la sentencia aprobada por votos de los magistrados Marcela Elena Fernández Domínguez y Fabián Trinidad Jiménez. El presidente de la Sala Regional Toluca, Alejandro David Avante Juárez, votó en contra.
Lee también: Gil Zuarth denuncia a Santiago Nieto por presunta falsificación de documentos
Sin embargo, Morena y Nieto Castillo aún pueden impugnar dentro de los próximos cinco días esta resolución ante la Sala Superior del TEPJF, que es la máxima instancia de decisión jurisdiccional.
La sentencia aprobada por mayoría en la Sala Regional Toluca determinó que la información pública que se encuentra en Declaranet muestra que Nieto ha tenido diversos cargos públicos fuera de Querétaro de manera continua por años, e incluso concluyó uno de ellos el pasado 8 de enero como encargado de despacho de la Fiscalía General de Justicia de Hidalgo.
“Esto es con posterioridad a la fecha límite en que debió iniciar su residencia efectiva mínima para cumplir con el requisito constitucional”, estableció la sentencia.
En el documento de la sentencia, surgida por una impugnación presentada por el PAN, también se argumenta que se constató que Nieto no residía en la dirección que proporcionó en San Juan del Río, Querétaro, además, incluye una interpelación notarial a vecinos del domicilio realizada en enero de este año de la que se desprendió una situación similar.
Por ello, se revocó el acuerdo del INE donde se otorgó el registro, a efecto de que Morena sustituya al candidato declarado inelegible.
Argumentó que de no revocarse, quedaría sin efecto el vínculo que se requiere de los candidatos con los ciudadanos.
El magistrado Fabián Trinidad Jiménez indicó que cuando comparecieron ante esa Sala Regional, Morena y Nieto Castillo argumentaron que sí cumplía los dos requisitos, tanto de ser originario de Querétaro como la residencia efectiva de seis meses previos.
Sin embargo, dijo que la residencia efectiva es requerida no sólo por habitar en la entidad, sino por ser nativo, es decir, haber nacido en el lugar de donde se requiere ser elegido.