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Suprema Corte declara inconstitucional prohibir la producción de cannabis con fines industriales
Jueves 7 de Noviembre de 2024

Suprema Corte declara inconstitucional prohibir la producción de cannabis con fines industriales

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EFE.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró este miércoles inconstitucional la prohibición de la siembra, cultivo y cosecha del cáñamo con fines industriales “distintos a los médicos y científicos”.

“La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación concedió un amparo a una empresa al declarar inconstitucional el sistema de prohibiciones para la siembra, cultivo y cosecha de cannabis, en su variante cáñamo, con fines distintos a los médicos y científicos, previsto en la Ley General de Salud y en el Código Penal Federal”, informó el organismo en un comunicado.

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Señalaron que la decisión se tomó tras la negativa de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) a otorgar la autorización a una empresa para la siembra, cultivo y cosecha de cáñamo para la elaboración de productos derivados de la misma, “siempre y cuando garantice que su producción contenga concentraciones iguales o menores al 1 % de tetrahidrocannabinol (THC)”.

La SCJN apuntó que esa prohibición es una medida innecesaria al determinar que existen otras alternativas “como el monitoreo, seguridad y control de la siembra, cultivo y cosecha”, que sirven del mismo modo para proteger la salud y el orden público.

“Además de que dicho sistema también ocasiona una afectación desproporcionada a la libertad de comercio“, añadió el tribunal.

“Por lo tanto, la Primera Sala concedió el amparo para que la Cofepris otorgue a la quejosa la autorización para la siembra, cultivo y cosecha de cáñamo, siempre y cuando garantice que la planta produzca concentraciones iguales o menores al 1% de THC y bajo las condiciones de monitoreo, control y seguridad que la autoridad competente, en ejercicio de sus atribuciones técnicas, estime convenientes para proteger la salud y orden público”, terminó la SCJN.

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Después de que en junio la Corte emitió un histórico falló que levantó la prohibición del consumo lúdico de marihuana, el cannabis recreativo permanece en un confuso limbo legal, puesto que sigue penalizado en el Código Penal y el Gobierno todavía no ha otorgado permisos para el autoconsumo.

Los magistrados ordenaron el 28 de junio a la Cofepris, dependencia de la Secretaría de Salud, entregar permisos para consumir, cultivar y portar marihuana a los mayores de edad que lo soliciten, mientras que la comercialización de cannabis sigue prohibida.

Pero varios meses después, el regulador sanitario no ha diseñado el mecanismo de autorizaciones, por lo que los consumidores siguen desprotegidos, ya que sin ese permiso y con el Código Penal actual, todavía pueden ser arrestados y recibir penas de cárcel por portar más de cinco gramos de cannabis.