EFE.- Representantes de un grupo de víctimas pidieron este jueves a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) que ordene al Estado mexicano derogar las figuras del arraigo y la prisión preventiva oficiosa, al considerar que violan diversos derechos.
Este pedido surge de un caso visto en audiencia este jueves por la CorteIDH acerca de la detención, arraigo y prisión preventiva oficiosa arbitrarias que sufrieron a partir de enero de 2006 los indígenas Jorge Marcial Tzompaxtle Tecpile, Gerardo Tzompaxtle Tecpile y Gustavo Robles López.
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Estas personas permanecieron detenidas por más de dos años como sospechosas de un delito que habrían cometido otras personas a las que ellos recogieron en la carretera y transportaron en su vehículo.
En la audiencia declaró Jorge Tzompaxtle Tecpile, quien pidió “justicia” porque “no solo nosotros, sino mucha gente ha padecido esta situación”.
“Nuestra vida cambió para siempre, vivimos con temor. Hubo un desprestigio de la familia y tuvimos que volver a empezar, a rehacer nuestra vida”, expresó.
Según la demanda, la figura de arraigo en México no cumple con los requisitos de necesidad, idoneidad y proporcionalidad, y se sustenta en supuestos indicios de responsabilidad, lo que afecta el derecho a la libertad personal y el principio de presunción de inocencia.
El representante de las víctimas, Carlos Zazueta, afirmó que tras 40 años de vigencia de la figura de arraigo, en México “ya se ha debatido mucho” y han fracasado iniciativas legales para derogarla.
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“Son ya 40 años del arraigo y no ha habido cambio, por lo tanto creemos que es necesario que la Corte Interamericana ordene la derogación de esta figura”, dijo Zazueta, quien también solicitó la eliminación de la figura de la prisión preventiva oficiosa.
Según los demandantes, el arraigo y la prisión preventiva oficiosa son medidas privativas de libertad que se han utilizado como métodos punitivos y en el caso particular de la audiencia de este jueves, se aplicaron sin existir indicios ni flagrancia.
El representante del Estado, Alejandro Celorio, dijo que el Estado reconoce parcialmente su responsabilidad en el caso de los hermanos Tzompaxtle por la “la retención, la revisión del vehículo, la falta de información sobre las razones de la detención, la falta de presentación sin demora ante un juez, la falta de notificación previa de los cargos y la falta de defensa técnica en los días posteriores a la detención”.
Reconoció además, que en este caso hubo “una incorrecta aplicación de las figuras de arraigo y prisión preventiva oficiosa” y que el Estado también acepta la responsabilidad por violaciones a la integridad personal debido al aislamiento e incomunicación de las tres personas detenidas.
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Sin embargo, la representación del Estado se opuso a la petición de que la Corte Interamericana ordene a México derogar las figuras del arraigo y de la prisión preventiva oficiosa, pues han sido reformas desde la época de los hechos de este caso.
Celorio afirmó que en 2008 hubo una reforma constitucional que limitó el uso del arraigo a las autoridades federales y solo para casos de crimen organizado y que la prisión preventiva oficiosa solo aplica para “los delitos que más lastiman a la sociedad” como el crimen organizado, el secuestro, los delitos con armas y los delitos graves en contra de la seguridad nacional.
“Las figuras ya no existen como en la época de los hechos”, aseveró.
Tras la audiencia de este jueves, las partes tienen un mes para presentar sus alegatos por escrito y a partir de entonces la Corte Interamericana emitirá un fallo en los siguientes meses.