La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) informó que los establecimientos tienen dos meses para colocar la señalética de acuerdo con el nuevo reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco.
En un comunicado conjunto emitido por la Cofepris y la Comisión Nacional contra las Adicciones (Conadic) recordaron que la señalización de los espacios 100% libres de humo y de la zona exclusiva para fumar deben de estar a la vista del público.
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El manual de identidad gráfica de la Cofepris fue publicado este viernes 3 de febrero, por lo que de acuerdo con el organismo desde ahora inicia el plazo de dos mees que tienen los responsables de los distintos establecimientos, ya sea de espacios cerrados o al aire libre, para cumplir con este requisito.
La forma, tamaño, color, tipografía e incluso cuáles son los usos incorrectos de las imágenes para alertar de la prohibición del tabaco están descritos dentro del manual, disponible en el portal de la Cofepris, lineamientos obligatorios luego de que el pasado 15 de enero entró en vigor el nuevo reglamento para el control del tabaco en el país.
Este prohíbe la exhibición directa o indirecta de productos de tabaco, así como su promoción y consumo en plazas, parques, playas, estadios, el transporte público y las escuelas.
Además, contempla que desde el estacionamiento de los lugares debe de alertarse la prohibición del consumo de tabaco y “tener encendido cualquier producto de tabaco o nicotina”.
Con la nueva señalización se busca proteger la salud de la ciudadanía, por lo que también se incluyó el número telefónico para denunciar los lugares que no cumplan con esta normatividad.
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De acuerdo con la Secretaría de Salud, México es el quinto país de América que prohíbe la presentación de productos de tabaco en puntos de venta.
Sólo estará permitido que las tiendas en México tengan una lista con las marcas y precios disponibles para consulta del público.