Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena presentó su renuncia al cargo de ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que comenzó en noviembre de 2012, en cumplimiento con la reforma judicial que establece que los integrantes del máximo tribunal deben renunciar a sus cargos antes del cierre de la convocatoria para el proceso electoral extraordinario que elegirá a jueces, magistrados y ministros, pero puntualizó que su renuncia no implica aceptar la validez de la reforma.
Previo al anuncio que harán los ministros este martes para declinar su participación en la elección judicial, circuló el escrito que envió el ministro Gutiérrez Ortiz Mena al Senado en el que explicó que no desea participar en el proceso de elección ya que no se considera un candidato adecuado, ya que la judicatura no es una función que válida la voluntad de las mayorías, sino "resguardar los derechos de quienes más lo necesitan".
"Es necesario subrayar que esta renuncia no implica una aceptación tacita de la constitucionalidad de la reforma, procedo conforme a la presunción de validez que toda norma merece. Esa presunción es provisional, frágil y tal vez destinada a desaparecer cuando la Corte emita su juicio final", explicó el ministro en el documento del que fuentes de la Corte confirmaron a Latinus su veracidad.
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La Corte hizo público este lunes el proyecto de sentencia que presentó el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá para resolver las impugnaciones en contra de la reforma judicial. En su proyecto, propone invalidar partes de la reforma judicial, como la figura de los jueces sin rostro, la supresión de los amparos con efectos generales y la elección por voto popular de jueces y magistrados federales y juzgadores locales.
Si dicho proyecto se aprueba sin cambios, se dejaría intacta la elección de ministros, magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación e integrantes del nuevo Tribunal de Disciplina Judicial, así como la extinción de los fideicomisos judiciales, que existan plazos para que los juzgadores resuelvan asuntos fiscales y penales y la división del Consejo de la Judicatura Federal en el Tribunal de Disciplina Judicial y el Órgano de Administración Judicial.