La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió dos acciones de inconstitucionalidad promovidas por partidos políticos en contra de las reformas hechas por el Congreso para adecuar la legislación electoral con lo dispuesto en la reforma judicial aprobada por Morena.
Movimiento Ciudadano y el Partido Revolucionario Institucional (PRI) contravinieron las reformas a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en materia electoral, que fueron publicadas el 14 y 15 de octubre en el Diario Oficial de la Federación.
Ambas acciones de inconstitucionalidad recayeron en la ponencia del ministro Jorge Pardo Rebolledo. Dicho ministro negó otorgar la suspensión solicitada por los partidos, dado que el proceso electoral en el que se elegirán jueces, magistrados y ministros está en curso.
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"La norma general impugnada busca materializar la reforma al Poder Judicial de la Federación, en lo referente a la elección de sus integrantes. De esta manera, aun cuando fuera susceptible de suspender la disposición legal, no podría generar los efectos prendidos", señaló el ministro.
A mediados de octubre, el Congreso de la Unión agregó un libro noveno a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales para reglamentar las elecciones por voto popular de las personas juzgadoras.
Asimismo, reformó diversos artículos de la Ley General de del Sistema de Medios de Impugnación en materia electoral para adecuarla con la reforma judicial, en los que establecieron como causales de nulidad de una elección judicial que se haya recibido financiamiento público o privado, y se acredite que partidos políticos o servidores públicos beneficiaron o perjudicaron a un candidato.