Por mayoría de los magistrados Mónica Soto, Alfredo Fuentes y Felipe de la Mata, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) rechazó invalidar la convocatoria y la tómbola del 12 de octubre, ambas del Senado de la República, donde se establecieron los cargos de magistraturas de circuito y juzgados de distrito que serán sometidos a elección popular el próximo año.
En sesión pública de la Sala Superior por videoconferencia la noche de este viernes, los magistrados Mónica Soto, presidenta del TEPJF, así como Alfredo Fuentes y Felipe de la Mata, a quienes se les ha señalado por su cercanía con políticos de Morena, propusieron proyectos para rechazar diversas impugnaciones presentadas principalmente por los propios jueces y magistrados que rechazaron el pase automático a la elección judicial del próximo año, y cuestionaron la integración de los Comités de Evaluación de los Poderes de la Unión, acusando su falta de imparcialidad.
También señalaron que la convocatoria emitida por el Senado, en la parte relacionada con la elección de magistraturas de circuito y personas juzgadoras de distrito, presentó diversas omisiones, violación de derechos y errores. Una de ellas, la falta de acciones afirmativas para garantizar la paridad de género en los cargos a elegir.
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Como lo han hecho desde enero de este año, el bloque de tres magistrados unificaron sus votos para alcanzar mayoría y aprobar sus proyectos, por lo que el Tribunal validó tanto la convocatoria como la tómbola realizadas por el Senado de la República.
Ninguno de los tres magistrados hizo uso de la palabra para exponer argumentos sobre los proyectos presentados, salvo Mónica Soto, quien defendió el proceso de insaculación hecho por la mayoría de Morena en el Senado, pues dijo que sí habrá paridad de género en el proceso.
En su proyecto, que fue rechazo por la mayoría, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón propuso invalidar la insaculación por tómbola del Senado de la República, pues argumentó que no se apegó al decreto de la reforma judicial, ya que no tomó en cuenta la especialización por materia de cada juzgador y, mucho menos, realizó dicho análisis por cada uno de los 32 circuitos judiciales en los que se encuentra dividido judicialmente el país en el ámbito federal.
Argumentó que la convocatoria emitida en la parte relacionada con la elección de magistraturas de circuito y personas juzgadoras de distrito, debido a que presentó diversas omisiones, violación de derechos y errores.
Por ejemplo, argumentó que no estableció criterios para la paridad de género para la elección de juzgadoras y juzgadores.
Ello, porque planteó que actualmente, de 737 magistraturas y 486 juzgados en el país, sólo el 20.49 y 37%, respectivamente, están ocupados por mujeres.