El titular del Juzgado Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México dio un plazo de tres días a la Fiscalía General de la República (FGR) para que informe si determinó definitivamente no ejercer acción penal contra ninguna persona por actos de tortura cometidos en contra de Mario Aburto Martínez, sentenciado por el asesinato de Luis Donaldo Colosio, candidato presidencial priista en 1994.
El juez determinó que el Ministerio Público deberá remitir las constancias que lo acrediten o manifiesten el impedimento legal que argumente la FGR.
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De acuerdo con el expediente 232/2022, iniciado en marzo de 2022, Mario Aburto reclamó que la Fiscalía de Investigación del Delito de Tortura por la omisión de investigar malos tratos, penas crueles, degradantes o inhumanos cometidos en su contra, además de no supervisar que se le inscriba en el Registro Nacional del Delito de Tortura.
En noviembre de 2021, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) determinó que Aburto fue torturado desde su detención el 23 de marzo de 1994 y hasta años posteriores.
Cabe recordar que en meses recientes Aburto tiene otro caso abierto con el que busca obtener su libertad.
El pasado 6 de diciembre, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite la impugnación que interpuso la FGR contra el amparo concedido a Mario Aburto, con el que se revocaba su sentencia de 45 años de prisión por el asesinato de Luis Donaldo Colosio.
El amparo que se le había concedido le permitía salir de prisión en marzo de 2024, pero tras la impugnación, el 31 de enero de este año, el ministro Jorge Pardo Rebolledo, quien era el encargado de la ponencia, se declaró impedido de conocer el asunto.
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El asesinato de Luis Donaldo Colosio, del Partido Revolucionario Institucional, se considera el magnicidio más grave en México desde 1928, porque en el siglo XX todos los candidatos de dicha organización política ganaban la presidencia.
Con información de EFE.