Un juez concedió un amparo a personas trans en Durango con el que se considera inconstitucional criminalizar el aborto, en su calidad de personas con capacidad de gestar.
El juez primero de Distrito en Durango, Francisco Rodríguez Zamarripa, concedió la protección de la justicia federal a través del juicio de amparo indirecto 1317/2023, el cual fue admitido el 29 de septiembre de 2023.
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El juez determinó que son inconstitucionales los artículos 148, 149 y 150 del Código Penal de Durango, y se argumentó que vulnera el derecho a decidir.
“Entre otros argumentos, para cuestionar la constitucionalidad de las disposiciones aludidas, que dicha norma es estigmatizadora y discrimina a las mujeres y personas con capacidad de gestar en su pleno ejercicio del derecho a decidir”, se lee en el texto.
Se estableció que se tiene derecho a decidir en torno a la interrupción del embarazo en la fase inicial, que abarca hasta 12 semanas.
Por lo que la Secretaría de Salud, los Servicios de Salud de Durango y el gobernador deberán realizar las actividades necesarias para que se lleve a cabo la implementación de los servicios para acceso al aborto voluntario.
El artículo 148 alega que “comete el delito de aborto, quien provoque la muerte del producto de la concepción en cualquier momento del embarazo”.
Y explica que se impondrán penas como de uno a cinco años de prisión, además de una multa.
El artículo 149 refiere que a cualquier personal de salud que realice el aborto “se le suspenderá de tres a cinco años en el ejercicio de su profesión”.
Por su parte, el artículo 150 dice que se impondrá de uno a tres años de risión más multa “a la mujer que diere muerte al producto de su propia concepción o consintiere en que otro se la diere”.