Por Jorge Monroy
La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió este lunes diversos asuntos relacionados con la candidata presidencial Xóchitl Gálvez; el gobernador de Nuevo León, Samuel García; el partido de Pedro Kumamoto, así como del exsecretario de Gobernación, Adán Augusto López y gobernadores de Morena.
El tribunal impuso diversas multas a Xóchitl Gálvez y los partidos PRI, PAN y PRD por difundir propaganda política o electoral que vulneró el interés superior de la niñez, derivado de una publicación en Facebook y X del 20 de octubre de 2023.
Te puede interesar: Tribunal Electoral amplía el plazo para que el gobernador Cuauhtémoc Blanco deje el cargo en Morelos
También resolvió que la candidata presidencial de la oposición, así como los partidos que la postulan, no incurrieron en actos anticipados de campaña.
En otro asunto, los magistrados de la Sala Superior también resolvieron que Morena difundió propaganda política o electoral que vulneró el interés superior de la niñez derivado de la publicación de un video en Facebook, e impusieron una multa.
En un primer asunto, los magistrados de la Sala Especializada resolvieron que Adán Augusto López Hernández, así como gobernadores de Morena no incurrieron en actos anticipados de precampaña ni campaña ni en uso recursos públicos, y tampoco vulneraron principios constitucionales ni realizaron promoción personalizada por su asistencia a una reunión en la Secretaría de Gobernación realizada el 14 de enero de 2023.
En otro asunto, determinaron que el gobernador de Nuevo León, Samuel García, no usó indebidamente recursos públicos ni vulneró los principios de neutralidad, imparcialidad y equidad en la contienda con un video en el que aparece con su esposa, Mariana Rodríguez, con quien “destapó” a Jorge Álvarez Máynez, como el candidato presidencial de Movimiento Ciudadano.
Visita: Tribunal Electoral da revés a Morena: restituye la alianza opositora en Nuevo León
Al no configurarse la vulneración a principios constitucionales, tampoco se acreditó la existencia de un beneficio indebido en favor de Álvarez Máynez y Movimiento Ciudadano.
Sin embargo, en otro juicio electoral, se determinó que Samuel García difundió propaganda política o electoral que vulneró el interés superior de la niñez por un video en X.
También se determinó que MC faltó a su deber de cuidado, por lo que le impuso una multa al gobernador y al partido por 31 mil 122 pesos a cada uno.
En sesión pública, el pleno de la Sala Superior también determinó que Futuro, partido político con registro en Jalisco y que encabeza Pedro Kumamoto, hizo uso indebido de la pauta con la difusión en intercampaña de un promocional de radio y televisión, porque de manera indebida incluyó al precandidato a la presidencia municipal de Zapopan. Por ello, Futuro fue multado con 51 mil 870 pesos.