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SCJN declara improcedente la controversia de Sandra Cuevas contra su inhabilitación como alcaldesa; mantendrá su candidatura al Senado
Lunes 23 de Diciembre de 2024

SCJN declara improcedente la controversia de Sandra Cuevas contra su inhabilitación como alcaldesa; mantendrá su candidatura al Senado

Foto: Tomada de video
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Por Julio Astorga

La segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró improcedente la controversia constitucional promovida por Sandra Cuevas contra la resolución del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México que la había inhabilitado como alcaldesa de la Cuauhtémoc por un año y mantendrá su candidatura al Senado por la Ciudad de México representando a Movimiento Ciudadano.

Los ministros de esa sala aprobaron por unanimidad el proyecto del ministro Javier Laynez Potisek, que propuso sobreseer el asunto pues Sandra Cuevas pidió licencia definitiva del cargo de alcaldesa en febrero de este año, lo que fue aprobado por el congreso de la Ciudad de México en marzo y nombró a un alcalde sustituto que concluirá su periodo.

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Por esta razón, la sentencia del tribunal administrativo "no podría concretarse dada la separación definitiva del cargo de alcaldesa", estableció la Corte.

Sin embargo, el alto tribunal no se pronunció sobre la candidatura de la hoy emecista, por lo que aún podrá participar en las elecciones a celebrarse en tres semanas.

En diciembre de 2021, el órgano interno de control de la alcaldía Cuauhtémoc inició una investigación en contra de Cuevas por el cierre temporal del deportivo Guelatao sin un dictamen de seguridad, lo que fue considerado como una falta administrativa grave.

En mayo de 2022, el Tribunal de Justicia Administrativa capitalino sancionó a la entonces alcaldesa de la Cuauhtémoc con la destitución del cargo y e inhabilitación por un año.

Más tarde, en agosto, Cuevas promovió la controversia constitucional contra la resolución del tribunal administrativo por considerar que la destitución debe proceder después de un juicio político, a lo que la SCJN le concedió la suspensión para que no surtiera efecto la sentencia administrativa.

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