La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró sin materia una contradicción de criterios luego de que entró en vigor la reforma a la Ley de Amparo aprobada por Morena y sus aliados en el Congreso.
El pleno de ministros aprobó con siete votos a favor el proyecto modificado que presentó la ministra Yasmín Esquivel Mossa, relativo a impedimentos planteados en trámites accesorios durante un juicio de amparo, como son reclamaciones, quejas, recusaciones o medidas cautelares.
En un inicio, la ministra ponente propuso en su proyecto la existencia de la contradicción de criterios entre las extintas salas de la SCJN y debía prevalecer el que estimaba que los impedimentos presentados contra cuestiones accesorias debían desecharse de plano.
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Sin embargo, durante la sesión propuso que la contradicción quedaba sin materia atendiendo a la nueva redacción del artículo 59, que señala precisamente que las recusaciones deben desecharse cuando se plantean para que un juzgador no conozca de cuestiones accesorias, cuya redacción entró en vigor desde el 17 de octubre.
El ministro Giovanni Figueroa Mejía votó en contra de la propuesta, ya que consideró que el asunto debía resolverse de fondo para que el máximo tribunal pudiera emitir jurisprudencia sobre los impedimentos que se hayan promovido antes de la entrada en vigor de la reforma a la Ley de Amparo.
"Deberíamos definir un criterio jurisprudencial aplicable a las situaciones procesales anteriores a dicha reforma", dijo el ministro.