MÉXICO

Corte admite controversia del municipio de Guanajuato contra la nueva Ley General de Transparencia
Miércoles 3 de Diciembre de 2025
SCJN

Corte admite controversia del municipio de Guanajuato contra la nueva Ley General de Transparencia

La impugnación del ayuntamiento se suma a la presentada por Irapuato, San Luis Potosí y Colima, contra esa misma ley, y que fueron turnadas a la ponencia del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena por considerarse asuntos de atención urgente

Créditos: Cuartoscuro
Escrito en MÉXICO el

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite una controversia constitucional promovida por el municipio de Guanajuato en contra del decreto que expidió la nueva Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, propuesta por la presidenta Claudia Sheinbaum y aprobada por la mayoría oficialista en el Congreso federal.

Esto se suma a las que presentaron los ayuntamientos de Irapuato, San Luis Potosí y Colima, contra esa misma ley, y que fueron turnadas a la ponencia del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena por considerarse asuntos de atención urgente.

Mismo que negó las suspensiones solicitadas por los municipios, que pretendían dejar inaplicable a la nueva Ley General de Transparencia, en lo que se resuelve el fondo de las controversias.

Además, los municipios de Hermosillo, Morelia, Atizapán, Chihuahua, San Nicolás de los Garza y San Juan de los Lagos, así como la alcaldía Miguel Hidalgo, presentaron impugnaciones contra esa ley que reguló la desaparición del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

A su vez a los Órganos garantes estatales para que sus funciones pasen a una nueva oficina llamada "Transparencia para el pueblo" y a las contralorías estatales.

Sin embargo, en estas últimas no se solicitó la suspensión de la ley, por lo que se reservó su turno para la entrada en funciones de los nuevos ministros electos por voto popular, el cual ocurrirá el próximo primero de septiembre.

La impugnación del municipio de Guanajuato fue admitida de manera tardía porque se previno para que el promovente de la controversia comprobara que es servidor del ayuntamiento.