En su iniciativa del “plan B” de la reforma electoral, la presidenta Claudia Sheinbaum propuso que la consulta de revocación de mandato se pueda realizar en 2027, al mismo tiempo que la elección federal y la segunda etapa de la judicial. También propuso que pueda hacer promoción del voto, algo no permitido hasta ahora por la ley y la Constitución.
Actualmente la Carta Magna establece en el artículo 134 que la propaganda del gobierno no incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público.
Incluso, el artículo 6 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales establece que la promoción de la participación ciudadana para el ejercicio del derecho al sufragio corresponde al únicamente INE, a los Organismos Públicos Locales, a los partidos políticos y sus candidatos
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En su proyecto de reforma al artículo 35 de la Constitución, la presidenta Sheinbuam propuso que “la persona sujeta a revocación podrá difundir el proceso y promover el voto a su favor en los términos que establezca la ley de la materia”.
De aprobarse la iniciativa de Sheinbaum, la mandataria podrá llamar al voto a través de sus eventos públicos o de sus conferencias matutinas en Palacio Nacional.
En 2021, la intervención continua del entonces presidente Andrés Manuel López Obrador en el proceso de revocación de mandato provocó un choque con el Instituto Nacional Electoral, autoridad que ese año dictó diversas medidas cautelares por la utilización indebida de recursos públicos relacionadas con el proceso de revocación de mandato, con la finalidad de incidir en la preferencia ciudadana.
En su proyecto de reforma al artículo 35 constitucional, Sheinbaum planteó que la revocación de mandato para la persona titular del Ejecutivo federal, se podrá solicitar en una sola ocasión y durante los tres meses posteriores a la conclusión del segundo o tercer año del periodo constitucional, en este caso 2026 o 2027.
De realizarse en 2027, dicha consulta se empalmará con la elección de diputados federales, cargos locales y con la segunda etapa de la elección de jueces y magistrados.