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Senado avala sin cambios las reformas para la regulación del outsourcing; pasa al Ejecutivo
Jueves 7 de Noviembre de 2024

Senado avala sin cambios las reformas para la regulación del outsourcing; pasa al Ejecutivo

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El Senado de la República aprobó este martes en lo particular las reformas con las que se modifica la Ley Federal del Trabajo y otros seis códigos y leyes para regular la subcontratación laboral o outsourcing en México.

Con 110 votos a favor, uno en contra y una abstención el dictamen fue avalado, por lo que se remitirá al Ejecutivo federal para su publicación. Las reservas presentadas por más de 10 legisladores fueron rechazadas por el pleno del Senado.

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El dictamen aprobado también modifica la Ley del Seguro Social, la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, el Código Fiscal de la Federación, la Ley del Impuesto al Valor Agregado, la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado y la ley Reglamentaria de la fracción XIII del Artículo 123 de la Constitución.

Entre los principales cambios que plantea la reforma está la prohibición de subcontratación de personal en las empresas y dependencias federales para realizar tareas permanentes o esenciales.

El outsourcing será permitido sólo cuando los servicios solicitados no formen parte del objeto social de la empresa y siempre que el contratista esté registrado en el padrón público.

Una vez que las reformas sean publicadas y entren en vigor, la contratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas bajo el esquema de outsourcing se deberá formalizar por escrito.

Además, la reforma a la Ley Federal del Trabajo indica que las personas físicas o morales que proporcionen los servicios de subcontratación deberán contar con registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

Para obtenerlo, las personas físicas o morales deberán acreditar que están al corriente de sus obligaciones fiscales y de seguridad social. La STPS deberá pronunciarse respecto de la solicitud de registro dentro de los 20 días posteriores a la recepción de la misma.