MÉXICO

El INE ordena retirar la propaganda a favor de AMLO en 30 estados del país en los que se viola la veda por la consulta de revocación
Lunes 23 de Diciembre de 2024

El INE ordena retirar la propaganda a favor de AMLO en 30 estados del país en los que se viola la veda por la consulta de revocación

Foto: Cuartoscuro
Escrito en MÉXICO el

La Comisión de Quejas y Denuncias del INE ordenó este viernes retirar la propaganda a favor del presidente Andrés Manuel López Obrador, colocada en 30 estados del país.

Se trata de 183 anuncios espectaculares, 18 casos de propaganda tipo cartel adherida en postes o bardas, 354 bardas pintadas, 74 casos de lonas colocadas en distintas ubicaciones de 30 entidades y cinco casos en unidades de transporte público, según informó el INE.

Lee también: Va por México impugna ante la Corte el decreto que modifica el concepto de propaganda de la revocación de mandato

El organismo electoral dio un plazo de 72 horas para el retiro de la propaganda. Sobre el origen de los promocionales, señalaron que su identidad coincide con la de la asociación civil Que Siga la Democracia.

"De la investigación realizada por la autoridad electoral se determinó que las características de la propaganda denunciada contiene identidad gráfica y textual entre sí, aunado a que se advierte que es coincidente con la difundida o puesta a disposición en la página de internet de la asociación civil Que Siga la Democracia", informó el INE mediante un comunicado.

La propaganda se localizó en los estados de Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Ciudad de México, Chiapas, Chihuahua, Colima, Durango, Estado de México, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas.

Te puede interesar: Tribunal Electoral determina que el decreto para que funcionarios hagan propaganda es inaplicable a la consulta de revocación

Además, se ordenó a 44 personas físicas y morales, inscritas en el Padrón Oficial de Anuncios Sujetos al Reordenamiento de la Publicidad Exterior del Distrito Federal, a que, en un plazo de 72 horas, procedan al retiro de la propaganda que se encuentra colocada en los anuncios espectaculares sobre los que tengan los derechos de difusión.