El Senado de la República recibió la minuta de reformas constitucionales aprobadas esta madrugada por la Cámara de Diputados para transferir la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).
La Mesa Directiva del Senado deberá remitir la minuta a las comisiones de Puntos Constitucionales y Estudios Legislativos, las cuales sesionarán el próximo lunes 23 de septiembre para discutir y en su caso aprobar. Cabe destacar que en esas comisiones, Morena y sus aliados cuentan con los votos para aprobar el dictamen.
La minuta aprobada por los diputados federales establece que la Federación contará con la Guardia Nacional, fuerza de seguridad pública, profesional, de carácter permanente e integrada por personal militar con formación policial, adscrita a la Sedena, para ejecutar la Estrategia Nacional de Seguridad Pública.
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La minuta indica que “se transfieran a la Secretaría de la Defensa Nacional los recursos presupuestarios y financieros que correspondan para cubrir las erogaciones por concepto de servicios personales de la última plantilla general de plazas aprobada a la extinta Policía Federal y de confianza, así como los gastos de operación de la Guardia Nacional y los recursos materiales destinados a su operación, con excepción de aquellos requeridos para el personal que continuará bajo la adscripción de la Secretaría del ramo de Seguridad Pública”.
La Guardia Nacional tendrá facultades de investigación junto con el Ministerio Público y las policías.
En los artículos transitorios se da un plazo de 180 días contados a partir de la entrada en vigor del decreto, para que el Congreso de la Unión armonice el marco jurídico en la materia.
Menciona que será facultad del Ejecutivo federal nombrar a coroneles y demás jefes superiores de la Guardia Nacional, y del Senado de la República ratificarlos.
“La persona titular de la Comandancia de la Guardia Nacional, que debe ostentar el grado de General de División de la Guardia Nacional en activo, será designada por la persona titular de la Presidencia de la República, a propuesta de la persona titular de la Secretaría de la Defensa Nacional”, menciona el artículo cuarto transitorio.