La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló las reformas hechas al Código Civil de la Ciudad de México, entre las que se estableció la obligatoriedad de registrar los contratos de arrendamiento ante el gobierno capitalino.
El pasado 18 de febrero, la SCJN aprobó la primera parte del proyecto presentado por el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz, en el que se determinó que es constitucional el tope al aumento de las rentas conforme a la inflación anual registrada en el año anterior.
Este jueves, el pleno de ministros avaló por unanimidad la segunda parte de dicho proyecto, relativa al registro de los contratos de arrendamiento a través de una plataforma digital manejada por el gobierno de la Ciudad de México.
Te podría interesar
Todos los ministros se pronunciaron a favor del proyecto que presentó el ministro presidente, pero hubo resistencia en que dicho registro incluyera los nombres de las partes arrendadora y arrendataria por temas de derecho a la privacidad.
El ministro ponente aseveró que era necesario mantener el registro de los nombres para evitar un fraude al tope del incremento de las rentas, mediante la realización de contratos anuales y fijar un incremento superior a la inflación en cada renovación.
"El nombre tiene significación para efecto de ver si no se está haciendo fraude a la norma, que estoy yo haciendo contratos anuales a fin de no caer en el incremento conforme a la inflación, sino dejar siempre cada año en libertad de fijar una nueva renta", explicó Aguilar Ortiz.
Sin embargo, el proyecto modificado, que solo mantiene un registro con los datos de ubicación del inmueble y monto de la renta, obtuvo el apoyo de todos los ministros.
Al emitir su voto, la ministra Lenia Batres criticó que era un "exceso" establecer los datos que debe contener el registro de contratos de arrendamiento y que eso es tarea del legislador.
Asimismo, dijo durante su intervención que el derecho a la vivienda es el derecho humano que cuenta con menos protección legal en México.
"Peor aún en el caso de las capitales de nuestro país que, además, viven una enorme -en los últimos años- una enorme inversión inmobiliaria que llegó a su boom en 2015; sin embargo, no tiene protección, es un derecho humano sin protección para quien no tiene algún tipo de régimen de vivienda social", afirmó la ministra.
La SCJN finalmente negó el amparo a una empresa inmobiliaria, dedicada a la renta de espacios destinados a casa habitación, que solicitó la protección contra la reforma al Código Civil capitalino de agosto de 2024.